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Página 1 de 15 ESTRUCTURA ORGANICA - OBJETIVOS Y FUNCIONES
La Estructura Orgánica de la Administración Central Municipal será la siguiente:
1. Despacho del Alcalde 2. Secretaría Jurídica 3. Secretaría General 4. Secretaría de Servicio Administrativos 5. Secretaría de Planeación 6. Secretaría de Competitividad y Fomento Empresarial 7. Secretaría de Tránsito y Transporte 8. Secretaría de Gobierno 9. Secretaría de Hacienda 10. Secretaría de Obras Públicas 11. Secretaría de Salud Pública 12. Secretaría de Educación 13. Secretaría de Desarrollo Social 14. Secretaría del Deporte
ESTRUCTURA, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES DEL DESPACHO DEL ALCALDE
El Despacho del Alcalde posee la siguiente estructura orgánica:
1. Despacho del Alcalde 1.1 Unidad de Control Interno 1.2 Oficina de Control Disciplinario Interno 1.3 Oficina Municipal para la Prevención y Atención de Desastres 1.4 Unidad de Divulgación y Prensa
El Despacho del Alcalde tiene como labor la de planear, organizar, coordinar y controlar las actividades municipales, promover y participar en toda clase de actuaciones políticas y administrativas tendientes a la prosperidad económica y desarrollo social del Municipio, ello en virtud a las atribuciones dadas en la Constitución, la Ley y demás normas complementarias.
1. Contribuir con la orientación en el diseño y montaje de los sistemas de control interno, suministrando criterios metodológicos y de orden práctico que al ser aplicados lleven al sistema de control a ser conceptualmente sólido y razonablemente uniforme que ayuden a la alta gerencia en su acción administrativa de acuerdo con los preceptos constitucionales y legales. 2. Velar por que en la organización se interiorice conciencia sobre la responsabilidad de la alta gerencia en el diseño y desarrollo de adecuados sistemas de control institucional y en el diseño de sistemas y métodos idóneos para el manejo de fondos y bienes públicos. 3. Divulgar a través de los distintos medios de comunicación, los planes y programas que desarrolle el Gobierno Municipal, garantizando la presentación oportuna y veraz de la información. 4. Coordinar y evaluar las campañas publicitarias y de divulgación que contrate la Administración con el propósito de proyectar las realizaciones de la Administración Municipal a la comunidad o para actos y/o programas oficiales. 5. Preparar y producir el material informativo del órgano oficial de divulgación municipal (La Gaceta Municipal), y entregar la emisión de boletines periódicos y extraordinarios sobre los programas realizados por la Alcaldía a los medios de comunicación. 6. Hacer las publicaciones de ley en la Gaceta Municipal. 7. Elaborar los autos y resoluciones que deban proferirse en el curso de las investigaciones, con sujeción a las normas vigentes en la materia.
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